Por - Publicado el 20-03-2010

1. Según la Defensoría huelga de hambre en CNDDHH no es conflicto social
La Defensoría del Pueblo lleva registro de los conflictos sociales al día, básicamente información tomada de los diarios, lleva un reporte mensual de los mismos, y hasta semanal. En tantos boletines no sale nada sobre la huelga de hambre y posterior huelga seca de Luis Rocca, ver aquí. Y eso que el tema fue cubierto por varios medios de prensa. La Defensoría incluye en sus boletines huelgas de hambre y diversos tipos de protestas. ¿Por qué la omisión cuando se trata de una ONG? Es una pésima señal dada la cercanía política de la actual defensora del pueblo a algunas personas que han dirigido la CNDDHH.

2. Reducción del número de conflictos sociales
Y claro, si omiten este conflicto laboral, ¿cuántos otros podrian estar omitiendo? El tema es importante pues la Defensoría, muy tempranamente, anunció que el número de conflictos sociales en el Perú estaba cayendo. No se quisiera pensar que fue una caída exagerada por la omisión de algunos conflictos importantes.

3. Explicaciones asimétricas
En esta entrevista de noviembre de 2009 a Beatriz Merino en El Comercio: «Se ha ganado mucha experiencia con las mesas de diálogo», la defensora exaltó el papel de la mesas de diálogo y de la Defensoría:

¿A qué se debe la reducción de los conflictos activos?

Nosotros observamos cinco razones: en primer lugar el diálogo ha avanzado, se han resuelto más casos, hay más conflictos que han dejado de ser activos y han pasado a ser latentes, y porque la intervención de la defensoría ha sido mayor, pues desde agosto hemos duplicado nuestro accionar. Por último, creemos que hay un efecto estacional. Usualmente a fines de año la incidencia de conflictos es menor.

Entonces, según Beatriz Merino, el número de conflictos cae principalmente por las mesas de diálogo y por la Defensoría.

Si uno ve los datos de la Defensoría, efectivamente, se ve la reducción en el número de conflictos totales a partir de fines de 2009:

Pero claro, es una reducción precedida de un gran aumento en el número de conflictos durante el gobierno de García. ¿Cuál fue la explicación de Beatriz Merino para el aumento del número de conflictos? Meses antes, en febrero de 2009, El Comercio le hizo también una entrevista (El Comercio es casi casi su vocero). Entonces la defensora declaró:

El crecimiento elevó la violencia
Los conflictos sociales, irónicamente, aumentaron en los años de crecimiento económico. La defensora del Pueblo advierte que estos pueden crecer por la crisis económica
(…)
Desde que la administración de Toledo terminó, los conflictos se han triplicado. Este incremento en la violencia se ha producido coincidentemente en los años de crecimiento económico. ¿Qué ha pasado?

Para ser concretos, entre enero del 2008 y enero del 2009, la conflictividad ha crecido 186%. Este año acabamos de reportar 20 nuevos conflictos en febrero. Es la primera vez que ocurre eso. El tema pasa por las expectativas de la gente respecto del crecimiento, así como por causas estructurales, como la pobreza, el temor a la contaminación, la ausencia del Estado como árbitro entre las empresas de carácter extractivo y las comunidades.

Una explicación para la subida y otra explicación, muy diferente, para la bajada.

4. El fraseo de El Comercio
Nótese también cómo a los conflictos sociales El Comercio de frente los califica de «violencia». Y repárese en cómo El Comercio frasea «Desde que la administración de Toledo terminó, los conflictos se han triplicado» en vez de decir «Desde que la administración de García comenzó, los conflictos se han triplicado».

5. Consulta no; mecida sí
El Comercio en su editorial de hoy, Diálogo, inversiones y derechos de los indígenas, sostiene:

El Estado Peruano debe evaluar, en su debida dimensión, el último informe de la comisión de expertos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que recomienda suspender las actividades de exploración y explotación de los recursos naturales que afecten a las comunidades indígenas y campesinas del país.
(…)
Sin embargo, un aspecto especialmente atendible es su énfasis en cumplir los convenios internacionales y asegurar “la participación y consulta de las personas afectadas a través de sus instituciones representativas, en un clima de total respeto y confianza”.

Es necesario institucionalizar las mesas de diálogo, con la presencia obligatoria del Gobierno Central, la PCM y las comunidades interesadas, que deben ser informadas, a priori y no a posteriori, de los alcances reales de los proyectos, obras e inversiones locales y regionales en sus jurisdicciones.

Solo así podrán complementarse los intereses de los inversionistas (en el Perú se invierten cerca de US$2.000 millones en exploraciones, que representan el 15% de la inversión mundial) con los derechos de los pueblos indígenas, bajo la premisa de que hay recursos que pueden ser explotados racionalmente, con beneficio para todos y asegurando el equilibrio ambiental.

Se trata de evitar algún riesgo para la estabilidad política y social del país, y de no dar pretextos a ciertos grupos extremistas que suelen aprovechar los conflictos latentes para complotar contra la gobernabilidad democrática y la unidad del Estado de derecho.

La ciudadanía peruana no interesa. Sólo se debe cumpir con convenios internacionales, formalidades. Se anuncian más «mesas de diálogo», léase más mecidas gubernamentales, en que las comunidades serán «informadas», no debidamente consultadas y sus decisiones respetadas. El Comercio da cuenta de los intereses que están en juego: dos mil millones de dólares.

A Al respecto leer la entrevista a Patricia Urteaga, Abogada de la PUCP, Dra. en antropología sociocultural:«Informe de la OIT es un fuerte jalón de orejas para el Estado» (via AC).

6. Ronald Gamarra: «Andanadas de falsedades, injurias e intrigas»
Volviendo al conflicto laboral de la CNDDHH, Ronal Gamarra escribió en La República, Pequeño credo:

Tengo la convicción de que en el ejercicio de mi cargo debo atenerme a la verdad y la serenidad. Por eso he tratado de ser enérgico al defender la verdad, y hago el mayor esfuerzo por no perder la cabeza antes las andanadas de falsedades, injurias e intrigas que fatalmente suelen rodear toda función pública.

Lo que se vio estas dos últimas semanas fue que este señor no pudo atender bien un conflicto laboral. El descontento llegó hasta la huelga de hambre, primero, y luego hasta la huelga seca. Algo así no puede ser desmerecido tan fácilmente como «andanadas de falsedades, injurias e intrigas».

7. Homenajes a Tito Flores
En conmemoración de los 20 años del fallecimiento de Alberto Flores Galindo, el viernes 26 de marzo de 2010, a las 19:00 en el Centro Cultural de la PUCP se presentará el libro “Cartas de Francia 1973-1974” compilado por Manuel Burga.

Además, la Facultad de Ciencias Sociales de la PUCP anuncia un coloquio conmemorativo por los 20 años de la muerte de Alberto Flores-Galindo para mayo de este año, ver más en
La vigencia de la Utopía: A 20 años de la muerte de Alberto Flores Galindo
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8. Honduras: dictadura, nada de «sucesión constitucional»
Alberto Adrianzén esta vez aborda un tema poco tocado en el Perú, La dictadura hondureña. Nada de «sucesión constitucional» en ese país centroamericano.

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Enlaces a este artículo

  1. La Defensoría y el “estricto control de veracidad” » Gran Combo Club
    23-03-2010 - 12:35
  2. Normas, blogs y Derecho (La Defensoría interviene Internet) » Apuntes Peruanos
    26-03-2010 - 12:10
  3. Combitos subasta amazónica » Gran Combo Club
    10-05-2010 - 18:41
  4. Empresas y trabajadores » Apuntes Peruanos
    29-12-2010 - 12:06

Comentarios a este artículo

  1. Ricardo Alvarado dijo:

    Es curioso que la Defensora, tan neoliberal ella, no haya pensado en tercerizar el reporte de noticias de la Unidad de Prevención de Conflictos contratando a Desco. Porque tener un equipo estatal de gente para leer diarios, habiendo un ente privado con más de 30 años de experiencia en ese asunto… A lo mejor le ahorraría algunos gastos a los contribuyentes y la cooperación internacional.

  2. Silvio Rendon dijo:

    ¡Salieron los combitos! GCC: Combitos conflicto inexistente http://tinyurl.com/yfccl4a

  3. eduardo salazar dijo:

    Ayer apareció en la editorial de Correo, en su edición electrónica, una mención a GCC y Silvio:

    http://www.correoperu.com.pe/correo/columnistas.php?txtEdi_id=4&txtRedac_id=col1

    Anteriormente Correo ya había rebotado a este blog por el tema de los «conflictos sociales». Al parecer Aldo M. es asiduo lector del GCC, quién iba a decirlo? Será porque se ha dado cuenta de la calidad de este blog?

  4. Izquierda Perú dijo:

    Combitos conflicto inexistente: 1. Según la Defensoría huelga de hambre en CNDDHH no es conflicto social
    La Defens… http://bit.ly/9xrq3D

  5. Eduardo Vega Luna dijo:

    Señor
    Silvio Rendón
    Blog Gran Combo Club
    Presente.-

    De mi consideración:

    Me dirijo a usted en relación a la nota aparecida el 20 de marzo del 2010
    en el blog Gran Combo Club bajo el título “Combitos conflicto
    inexistente”, en el que se señala que “Según la Defensoría huelga de
    hambre en CNDDHH no es conflicto social.La Defensoría del Pueblo lleva
    registro de los conflictos sociales al día, básicamente información tomada
    de los diarios, lleva un reporte mensual de los mismos, y hasta semanal.
    En tantos boletines no sale nada sobre la huelga de hambre y posterior
    huelga seca de Luis Rocca, ver aquí. Y eso que el tema fue cubierto por
    varios medios de prensa. La Defensoría incluye en sus boletines huelgas de
    hambre y diversos tipos de protestas. ¿Por qué la omisión cuando se trata
    de una ONG? Es una pésima señal dada la cercanía política de la actual
    defensora del pueblo a algunas personas que han dirigido la CNDDHH”.

    Al respecto debo solicitarle la rectificación del caso pues la información
    que usted señala no se ajusta a la verdad por las siguientes razones.

    1. La Defensoría del Pueblo ha venido haciendo un seguimiento a este
    caso, en lo que respecta a la huelga de hambre del señor Rocca, pues
    ésta podría implicar afectaciones a la integridad de una persona. Para
    su conocimiento, en este tipo de situaciones, la Defensoría del Pueblo
    recomienda la participación de la Fiscalía de Prevención del Delito
    para que disponga la presencia de un médico a fin de que examine el
    estado de salud de la persona. Esta recomendación se hizo llegar a la
    Secretaría Ejecutiva de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos en
    su debido momento.

    2. La huelga de hambre del señor Luis Rocca fue levantada el 18 de marzo
    del 2010. Existe un acta mediante la cual se levanta dicha medida y el día
    de ayer (22 de marzo) el Consejo Ejecutivo de la Coordinadora Nacional de
    Derechos Humanos se reunió para evaluar este caso y darle una solución al
    mismo. Dicha acta fue firmada por el señor Rocca.

    3. Por otro lado, en lo que respecta al tema laboral, debo precisarle a
    usted que este caso corresponde a un conflicto laboral de naturaleza
    individual entre una entidad privada y un trabajador.
    En esta medida, es el Ministerio de Trabajo quien debe intervenir como así
    lo ha hecho. Si el Ministerio de Trabajo no lo atendiera, recién allí
    interviene la Defensoría del Pueblo de acuerdo a su mandato de defensa de
    los derechos fundamentales de la persona y supervisión de la
    administración pública.

    4. Del mismo modo, el caso en cuestión no es en estricto un conflicto
    social por tratarse más bien de un problema de índole individual. El
    reporte mensual de Conflictos sociales que elabora la Defensoría del
    Pueblo registra aquellos conflictos donde intervienen múltiples actores
    (Estado, empresa y grupos sociales). Nuestro Reporte no registra
    conflictos de naturaleza individual como el caso del señor Rocca.

    En ese sentido solicitamos la rectificación del caso, toda vez que no
    existe ningún sustento objetivo que corrobore lo que usted afirma, lo que
    contraviene los principios y las reglas que orientan la actividad
    periodística en un Estado democrático. Al respecto, cabe señalar que el
    Tribunal Constitucional ha sido claro al establecer que la información
    periodística requiere “un estricto control de veracidad”, lo que está
    ligado con “la diligencia debida de quien informa” (Sentencia
    3362-2004-AA/TC, del 29 de agosto del 2006, Fundamento Jurídico 14.a).

    Por estas consideraciones, solicito a usted la rectificación
    de lo afirmado en su artículo publicado en el blog Gran Combo Club, de
    acuerdo a lo establecido en el artículo 2 numeral 7 de
    la Constitución Política del Perú.

    Agradeciéndole la atención a la presente me despido.

    Atentamente,

    Eduardo Vega Luna

    Primer Adjunto a la Defensora del Pueblo

  6. Jorge Rodríguez dijo:

    Interesante lo que afirma el abogado. Me llama la atenión cuando dice: «Al respecto, cabe señalar que el Tribunal Constitucional ha sido claro al establecer que la información periodística requiere “un estricto control de veracidad”, lo que está ligado con “la diligencia debida de quien informa” (Sentencia 3362-2004-AA/TC, del 29 de agosto del 2006, Fundamento Jurídico 14.a).» Con eso creo que está considerando a los blogs como un espacio periodístico.