Por - Publicado el 13-08-2009

Reflexiones a propósito del estudiante de la USIL que fue encontrado fumando marihuana en uno de los baños de la universidad.

  1. Fumarse un troncho: debería ser legal, si bien es poco recomendable. Las razones por las que no es recomendable pueden verse aquí. Y en cuestiones de ciencia se aplica aquello de Roma locuta, causa finita. Las razones por las cuales debería ser legal son dos: a) los efectos nos dicen que el consumo de marihuana debería ser una decisión personal, como el consumo de tabaco o alcohol y b) la represión de la marihuana es más costosa que no reprimirla. Si el consumo fuera abierto, las personas afectadas por su adicción podrían tratarse mejor.
  2. Fumarse un troncho en el baño de la universidad: sin duda está mal.
  3. Fumarse un troncho en el baño de la universidad y ser expulsado sin que una norma lo prevea: es absolutamente injusto. Por dos razones: a) Las normas deben estar previstas y hay maneras de redactarlas sin necesidad de ser extremadamente exhaustivo (por ejemplo: “se considera falta grave el consumo de sustancias controladas dentro del campus, tener relaciones sexuales dentro del campus…”).  La razón por la cual las normas deben estar previstas es que no se debe dejar este tipo de decisiones al arbitrio ocasional de quienes tienen el poder. b) Las sanciones deben ser proporcionales a la falta. El consumo de marihuana en el campus es una tontería, un acto inmaduro corregible, pero no es una agresión escandalosa y denigrante como el acoso sexual o los gestos obscenos, por ejemplo.
  4. Fumarse un troncho en el baño de la universidad, ser expulsado sin que una norma lo prevea y, finalmente, obtener una reposición del Tribunal Constitucional: me parece una señal muy positiva. La protección constitucional no solamente ha de ser frente al Estado sino ante el abuso de cualquier particular.
  5. Fumarse un troncho en el baño de la universidad es muchísimo menos grave que: predicar el sexismo, el racismo y la homofobia; justificar el genocidio; discriminar a los gays; tolerar el acoso sexual o burlarse de la pobreza.

Hace mucho tiempo dos estudiantes reaccionarios de la PUCP fueron expulsados semanas antes de graduarse en Derecho por expresar –de manera bastante agresiva— sus discrepancias con las autoridades de la universidad. Fue un acto arbitrario e injusto, sobre todo porque fue justificado por la interpretación de una norma ostensiblemente vaga. El mensaje que se dio era bastante claro: cualquier estudiante podía ser expulsado de la carrera si expresaba algo que las autoridades consideraban ofensivo.

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Comentarios a este artículo

  1. Jaime Del Castillo dijo:

    Es casi seguro que con una acción constitucional ese estudiante podría ser repuesto a la USIL. Aunque con ké calidad moral don RDT permite estos abusos. NO sé???

  2. Salvador dijo:

    En realidad, fumarse un troncho o consumir cualquier tipo de droga es legal en el Perú. Lo ilegal es la comercialización. Sin embargo, si el consumidor tiene una cantidad de droga superior al que establece la ley, se convierte en sospechoso de comercialización. Y, en general, la posesión pública siempre lleva a pensar que el consumidor puede dar pistas del vendedor. Por eso es una actividad que normalmente se realiza a escondidas.

    Ya se han dado muchos argumentos para que la comercialización de «drogas blandas» pueda ser legal, pero el ministro del interior recientemente se pronunció a favor de la penalización del consumo, lo cual es un disparate. Si no pueden controlar la venta, cómo van a controlar el consumo?…

    Este es un caso que se parece en algo al que se dio hace algunos meses cuando el TC ordenó reponer al obrero de una municipalidad que había llevado «resaqueado» a su trabajo y que generó críticas en contra del TC por parte del presidente y sus ministros, que ni siquiera habían leído la resolución. En ese caso, el propio reglamento de la municipalidad establecía otro tipo de sanción distinta al despido.

    Algunos casos más polémicos son los que se dan en la U de Piura. Hace años supe de chicas que han sido expulsadas (o invitadas a no matricularse) por haber salido embarazadas. O las ya clásicas prohibiciones de los besos, de ciertas prendas de vestir (faldas encima de la rodilla, shorts) y hasta de leer a ciertos autores. En este caso la discusión es algo más compleja porque se tiene que analizar hasta qué punto el carácter religioso o confesional de la entidad educativa puede afectar ciertos derechos fundamentales.

  3. Gabriel dijo:

    Daniel, de acuerdo con lo que expresas, pero en este caso (podra sonar absurdo lo que diga pero en fin es una duda que me da vueltas al respecto) ¿no crees que antes de meterse ese troncho el alumno debió solicitar o sugerir (o pelear por ultimo) que cambien esa norma y no arriesgarse a fumar a sabiendas de lo que implicaba su decisión? Si prospera la medida de prohibir la posesión personal y yo salgo a la calle con un gramo, soy consciente de lo que puede merecer. ¿Cuál es el equilibrio aquí entonces? Otra cosa. Se pone de relieve el hecho de que ya estaba por terminar, pero ¿y si lo hubieran botado al principio de la carrera hubiera estado bien entonces?

    Saludos

  4. Pucp-po dijo:

    Algo que falta en el debe es el bajo nivel de la Universidad de Bologna.
    En una Universidad docente, el marihuanero ya lo habrian botado, pero en la USIL hasta drogado pasas …

  5. Susana dijo:

    Me ganaste en postear sobre este tema Daniel. Voy a ligar tu post a mi blog ya que coincido con el. En la PUCP también hay normas ambiguas, y estan hechas asi justamente para que luego uno pueda interpretarlas con cierta elasticidad. Lo que a mi me cuenstiona es la manera en que las universidadades se deshacen del problema, sin asumir ningun rol formativo para con el estudiante.

  6. Miguel dijo:

    Pienso que el estudiante necesita consejeria en vez de expulsion. Mi pregunta para Daniel y Susana es: deberia ser castigado? como? el castigo deberia diferir dependiendo de la especialidad del estudiante? por ejemplo si es un estudiante de derecho o de psicologia?

  7. Silvio Rendon dijo:

    GCC: Fumarse un troncho http://bit.ly/HcAD7

  8. Gonzalo Gamio dijo:

    Lo que plantea Salvador sobre casos como el de la U. de Piura es importante, y hay que abordarlo: ¿Tiene derecho una Universidad a no permitir u obstaculizar la lectura directa de un autor importante en el Plan de estudios (Kant o Nietzsche en filosofía, Kafka, Sartre o Vallejo en literatura) por supuestas «razones religiosas»? ¿El carácter religioso o confesional de la entidad educativa puede afectar ciertos derechos fundamentales? ¿Existen instancias que pueden pronunciarse al respecto?

    Saludos,
    Gonzalo.

  9. Susana dijo:

    Miguel, ¿por qué los de derecho o psicología merecerían un castigo diferente?

  10. orlando dijo:

    Espero que aquel ex-alumno de Arte que fue expulsado de la PUCP por ser encontrado jalando cocaina en un baño, aquel ex-alumno de EEGGCC que fue expulsado por hurtar el paquete de tizas olvidado por un profesor después de clases y aquella chica de Ing. Electrónica sancionada por ser sorprendida en el baño de mujeres con su enamorado, entre otros damnificados de la injusticia paralela e ilegal aplicada por la pucp sean reivindicados e indemnizados gracias a la sentencia del TC. Las instituciones educativas deben dedicarse a eso para lo cual se les requiere sus servicios: educar y no fungir de pseudoEstado. Lo demás es cuestionable, incluidos los severos condenatorios de la droga ilegal pero consumidores incondicionales de las drogas sociales como el alcohol y el tabaco.

  11. Miguel dijo:

    Susana: Por que un estudiante de derecho de ultimo ano estaria mas informado de las implicancias legales de poseer marihuana y uno de psicologia mas informado de los aspectos nocivos a su salud, comparativamente con alguien de otra carrera en el que el tema de las drogas no forma parte de su curriculum.

  12. Antonio dijo:

    Hay que tener cuidado con la lectura que se hace de la sentencia del TC en los medios. Si uno lee atentamente la sentencia, ésta señala que la irregularidad que cometió la USIL fue la de no establecer claramente qué tipo de sanción correspondía a cada tipo de inconducta o infracción. Así, el reglamento hace una relación de infracciones pero no indica qué sanción específica le corresponde a cada una de ellas, por el contrario, en otro artículo del mismo reglamento señala que las sanciones que se pueden aplicar son las de amonestación, suspensión o expulsión.

    Es como si el código penal describiera todos los delitos (desde el homicidio hasta la falsificación de documentos) y señalara que pueden ser sancionados cualquiera de ellos con una pena entre 1 y 35 años.

    Por su parte, el comentario de Orlando no encuentra sustento en la sentencia del TC porque ella se refiere fundamentalmente a un aspecto formal (la necesaria fijación de sanciones respecto de las infracciones tipificadas, incluso sería válido fijar un mínimo y un máximo, para poder otorgar un margen de apreciación a la autoridad) y no respecto de los hechos materiales (fumar marihuana) los que no convalida. Todas las conductas descritas por Orlando pueden ser consideradas válidamente como infracciones en el ámbito universitario (lo serían también en el ámbito laboral: mantener relaciones sexuales en el centro de trabajo puede ser causal de despido justificado).

    Saludos,

    Antonio

  13. Susana dijo:

    Uhmmmm…. no lo sé, hay tantas posturas al respecto que para mi si hay castigo, debería ser el mismo.

  14. Salvador dijo:

    Si bien las sentencias que ha dictado el TC se pronuncias básicamente sobre cuestiones de forma (los despidos y expulsiones tienen que respetar los reglamentos y procedimientos establecidos), ello no quiere decir que no pueda pronunciarse sobre temas de fondo al interior de organizaciones privadas.

    Por ejemplo, hace algún tiempo el TC sacó una resolución que se traía abajo las anticuadas reglas de algunos clubes limeños, que impedían ser socias a las mujeres, pese a que en la naturaleza de las actividades del club no había nada que justificara la diferenciación de género.

    Es cierto lo que dice Antonio en el sentido que hay muchas faltas que podrían ser causales de despido o expulsión a criterio de la entidad o institución, pues es ella la que determina las reglas que regirán en su interior. Sin embargo, el TC ya ha establecido en algunas sentencias que, incluso habiendo una tipificación exacta en los reglamentos, sus disposiciones deben respetar principios básicos como la proporcionalidad entre infracción y sanción o el respeto a derechos básicos de la persona.

    Por ejemplo, por más que un reglamento de trabajo señale que los empleados no pueden ir al baño, un despido basado en tal causal podría ser inconstitucional.

    Hay casos más discutibles. Por ejemplo, la sentencia que admitió que un trabajador podía usar el correo electrónico de la oficina para fines personales (siempre que no abuse) pese a que la empresa lo prohibía.

  15. Rodolfo Gonzalez dijo:

    Pienso todo alumno de la Catòlica tiene el nivel suficiente para darse cuenta de sus actos, ya no creo que hay que estar educando a un adulto que no debes estar fumando marihuana o bebiendo licor dentro de la universidad, eso se lo puedo aceptar a un alumno adolescente de secundaria que por su inexperiencia va contra las normas, pero a un adulto ya no esta la universidad para gastar en esos tipos de persona, que dañan la imagen de la PUCP, bien ganada en el Perù y el mundo.
    Un alumno que no tiene disciplina sera un profesional mediocre

  16. Ricardo Alvarado dijo:

    Sobre un tema similar (la tendencia progresiva hacia la despenalización) hay una interesante entrevista a Raúl Zaffaroni, miembro de la Corte Suprema de Argentina.

    «Lo que se está haciendo (en la Corte) es una interpretación constitucional de la ley diciendo que la tenencia para consumo personal puede ser tipificada sólo cuando haya un peligro concreto para terceros. Si yo voy por la calle dándome un nariguetazo con un cartel que dice ‘I love coca’ estoy afectando un bien jurídico ajeno, pero si lo hago en mi casa, no».

    http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-130070-2009-08-16.html

  17. Radio Conciencia dijo:

    Fumarse un Troncho deberia ser legal! http://t.co/4gIym4XE

  18. Constanza dijo:

    Fumarse un Troncho deberia ser legal! http://t.co/4gIym4XE