Por - Publicado el 06-05-2009

Hace un siglo:

nativos
Los nativos amazónicos fueron invadidos, torturados, mutilados. Utilizados como mano de obra esclava y muertos a miles. Nadie pagó por esos crímenes.

Nativos del Putumayo esclavizados por los caucheros.

«Los indios, según su testimonio, eran forzados a extraer el látex; si no entregaban las cuotas exigidas por los caucheros, eran castigados en el cepo, flagelados y torturados. Por medio de las «correrías» eran enganchados por la fuerza y la huída era penalizada con la muerte. No se les permitía sembrar sus cultivos tradicionales, sus armas habían sido confiscadas; debían hacer penosas travesías llevando grandes y excesivos cargamentos de caucho hacia los centros de acopio. A cambio se les entregaban ciertas mercancías a precios exorbitantes, e incluso recibían una lata de carne por todo el trabajo de un fábrico (temporada de trabajo del caucho). Los capataces contaban con un grupo de jóvenes indígenas a su servicio, quienes coadyuvaban a la supervisión del trabajo y participaban de forma activa en la captura de los fugitivos. El régimen de trabajo —insistía Roger Casement— era un verdadero sistema social fundado en el terror, y provocaría el genocidio total de los indios, si no se tomaban las medidas correctivas adecuadas lo antes posible».

Imagen y texto tomados de aquí, Amautacuna de historia.

En la actualidad:

indigenas_napo_radio_oriente Los nativos amazónicos han sido declarados por el presidente del Perú ser unos «perros del hortelano», que no usan los recursos ni dejan que otros los usen. La realidad es que se los está perjudicando irremediablemente. Como declara Alberto Pizango:

“No estamos contra las petroleras o las madereras, estamos contra los abusos y las violaciones de los derechos de los pueblos indígenas. Este no es un problema del año pasado, es un problema histórico”, precisó Pisango. En La Primera.

Es la segunda gran protesta amazónica y lleva ya casi un mes. En estos momentos este es «el padre de todos los conflictos», con poderosos intereses en juego, con lobbies en el gobierno y prensa adicta, de un lado, y del otro, la organización de más de 300 mil nativos que defienden sus tierras1, un ejemplo de tenacidad que bien podría extenderse al resto del país…

Imagen tomada de aquí, CNR.

  1. Es un problema histórico, efectivamente. Durante el primer gobierno de Belaúnde los nativos Mayoruna fueron bombardeados y ametrallados por la Fuerza Aérea del Perú, ver Fernando Belaúnde y el bombardeo a los nativos mayoruna . Se acusó a los nativos de impedir el progreso del país, pero en realidad se les bombardeó y ametralló para favorecer a los madereros nacionales y extranjeros. []
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Enlaces a este artículo

  1. La construcción del significado negativo de “los otros” « INSTITUTO LINGUISTICO DE INVIERNO
    12-05-2009 - 13:39
  2. La responsabilidad de la prensa »
    21-06-2009 - 22:36

Comentarios a este artículo

  1. Juan Manuel Cisneros dijo:

    Buenos días:
    La mayoría de nosotros tenemos entre los temas cotidianos y vigentes el tratar de entender los motivos de la actual crisis que las diversas economías vienen experimentando, algunos nos preguntamos si los acuerdos de libre comercio favorecen o no a la mayoría de la población, esos entre otros asuntos serán analizados en el Seminario «La Crisis Global y los Mitos del Libre Comercio» en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, el cual se desarrollará entre el 13 y 15 de Mayo.

    El ponente principal será el destacado economista Anwar Shaikh (New School for Social Research – New York) reconocido por el desarrollo del pensamiento crítico en la Ciencia Económica.

    El desarrollo del seminario también contará con las ponencias de reconocidos economistas nacionales:
    Javier Iguiñiz
    Jurgen Schuldt
    Francisco Verdera
    Alberto Graña
    Humberto Campodónico

    INFORMES E INSCRIPCIONES:
    Telefono: 6197000 anexo 2207 / 2008
    email: eapeco@unmsm.edu.pe
    casksoft@gmail.com
    web: http://campusvirtualfce.unmsm.edu.pe/seminario

    Se agradecerá pueda difundir la realización del evento.

    Atte.

    Juan Manuel Cisneros García
    Economista
    Docente – Escuela Académico Profesional de Economía
    Facultad de Ciencias Económicas
    Universidad Nacional Mayor de San Marcos

  2. am dijo:

    PRONUNCIAMIENTO DE LOS OBISPOS DE LA AMAZONÍA
    ANTE EL PARO DE LAS COMUNIDADES NATIVAS.

    Como Pastores de las comunidades católicas en la Amazonía queremos dirigirnos a la opinión pública para expresar nuestra posición ante el paro de las comunidades nativas.
    1. La región amazónica es rica en culturas milenarias y en biodiversidad. Ella es fuente de vida y esperanza para la humanidad. Por eso la consideramos uno de los mejores regalos de Dios porque el Perú es uno de los ocho países mega-diversos del planeta. La Amazonía tiene 31 de las 114 zonas de vida o ecosistemas mundiales, 95 % de los bosques del País y un importante potencial de recurso hídrico e hidroenergético. Este hecho nos exige a todos los peruanos y peruanas la responsabilidad de “cultivar la tierra y cuidarla” (Gen. 2) para bien nuestro y de las generaciones futuras.

    2. Por eso como anunciadores “de la vida, queremos insistir que, en las intervenciones sobre los recursos naturales, no predominen los intereses de grupos que arrasan irracionalmente las fuentes de la vida, en perjuicio de naciones enteras y de la propia humanidad” (DA 471).

    3. Desde esta perspectiva constatamos cómo, en nombre de un sesgado concepto de desarrollo, el Estado permite la deforestación de grandes extensiones de bosques primarios a favor de empresas nacionales y transnacionales para la inversión en plantaciones aceiteras, caña de azúcar y otros.

    4. Para nadie es desconocida la contaminación de los ríos con el plomo y otros metales pesados como efecto de una actividad minera (formal e informal) y la extracción de petróleo, de manera irresponsable. Somos testigos, además, de la tala indiscriminada de la madera sin ningún tipo de control.

    5. Podemos afirmar que no se atiende el clamor de las poblaciones indígenas y ribereñas que desean un desarrollo integral, desconociendo el Estado el uso y ocupación de esas tierras por generaciones. En la práctica no se ha tomado en cuenta el derecho de los pueblos amazónicos a ser escuchados, como lo indica la Constitución Política del Estado y el Informe de la Comisión de Expertos de Aplicación de Convenios de la OIT, publicado en febrero del 2009. En dicho Informe se insta al Gobierno Peruano a avanzar de inmediato en el diseño de mecanismos apropiados de participación de los pueblos indígenas y lo exhorta a consultarles antes de la adopción de medidas que los afecten directa o indirectamente.

    6. Debemos expresar que “la Iglesia… valora especialmente a los indígenas por su respeto a la naturaleza y el amor a la madre tierra como fuente de alimento, casa común y altar del compartir humano” (DA 472).

    7. Acontecimientos como el que estamos viviendo actualmente en la amazonía nos expresan la pretensión de disponer, de manera inhumana y cruel, de las posesiones de las poblaciones ribereñas y amazónicas por no tener, en su propio País, el amparo legal necesario para defender sus justos reclamos. De esta manera se les condena al desarraigo de sus tierras y a ser asalariados en la siembra de la caña de azúcar, la palma aceitera y en las explotaciones mineras y de hidrocarburos.

    8. Las normas legales que el Estado ha promulgado en el 2008 (especialmente dos Leyes y siete Decretos Legislativos) no aportan al desarrollo integral de la población amazónica. Por el contrario surgen serias amenazas de mayor pobreza en la región.

    9. No queremos violencia. Nos gustaría no apoyar el paro actual. Pero nos da la impresión de que el gobierno y el Congreso no muestran la intención de dialogar y buscar soluciones. Y así comprendemos la desesperación de las poblaciones indígenas y la creencia cada vez más extendida de que se compra a algunos de sus líderes para provocar la desunión y hacer ineficaces sus justos reclamos.

    Esta desesperación y desunión hace que en su necesidad de ser escuchados acepten el apoyo de algunas asociaciones y grupos politizados que aprovechan la oportunidad para presentar otras peticiones o reclamos que de ninguna manera nosotros apoyamos.

    10. Ante este delicado panorama invocamos al Señor Presidente Constitucional de la República, la derogatoria de dichos dispositivos legales y contribuya a la reformulación de su contenido con la participación de las poblaciones indígenas. Así mismo invocamos a estas poblaciones amazónicas y a sus líderes a unirse para buscar juntos el Bien Común. Consideramos necesaria una Mesa de auténtico Diálogo conformada por todos los actores sociales para la solución pacífica y armoniosa del conflicto creado.
    A manera de conclusión, reafirmamos con los Obispos de América Latina, la necesidad de “buscar un modelo de desarrollo alternativo, integral y solidario, basado en una ética que incluya la responsabilidad por una auténtica ecología humana y natural, que se fundamente en el Evangelio de la justicia, la solidaridad y en el destino universal de los bienes…” (DA 474c).
    5 de mayo del 2009

    Mons. José Luis Astigarraga, C.P. Mons. Alberto Campos, O.F.M.
    Obispo del Vicariato de Yurimaguas Obispo del Vicariato de San José de Amazonas

    Mons. Santiago García de la Rasilla, S..J. Mons. Gerardo Zerdin, O.F.M.
    Obispo del Vicariato de Jaén Obispo del Vicariato de San Ramón

    Mons. Gaetano Galbusera, S.D.B. Mons. Francisco González, O.P.
    Obispo del Vicariato de Pucallpa Obispo del Vicariato de Puerto Maldonado

    Mons. Julián García, O.S.A. Mons. Juan Tomás Oliver, O.F.M.
    Obispo del Vicariato de Iquitos Obispo del Vicariato de Requena
    (Válido sin firmas)

  3. am dijo:

    Les paso las conclusiones (el documento completo es muy extenso) del Congreso de la Rep, sobre los inconstitucionales decretos legislativos pro tlc (taaaannn linda la araoz qeu sale hoy en caretas)que afectan directamente a las pueblos indígenas de la selva.
    Mientras tanto García y compañía los trata como si no fuese parte del Perú.

    p.d.ahhh y no se la pierdan la revista CARAS, que dirige Drusila Zileri (que sacó en la edición anterior a lucianita León, días antes de qeu su papi pase piola) en su prox publicación sacará que regalo le darían a García Perez por su 60 aniversario. imposible pérderse esa revista taan fashion.

    COMISIÓN MULTIPARTIDARIA ENCARGADA DE ESTUDIAR Y
    RECOMENDAR LA SOLUCIÓN A LA PROBLEMÁTICA DE LOS
    PUEBLOS INDÍGENAS
    PERIODO LEGISLATIVO 2008 2009

    CONCLUSIONES
    De manera general se puede concluir lo siguiente:
    · Todos los decretos legislativos analizados vulneran el artículo 55º y la Cuarta
    Disposición Final y Transitoria de la Constitución, al no interpretar los preceptos
    constitucionales relativos a comunidades campesinas y nativas de conformidad
    con el Convenio 169 de la OIT.
    · Todos los decretos legislativos analizados vulneran el Convenio 169 OIT
    respecto del derecho a la Consulta Previa y Participación, previstos en los
    artículos 6° y 7°.
    · Todos los decretos legislativos analizados, contravienen el artículo 19° de la
    Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos
    Indígenas, respecto del derecho a la Consulta.
    De manera específica:
    1. El Decreto Legislativo 994 vulnera el artículo 2° inc. 19 de la Constitución, al
    considerar tierras eriazas por exceso de agua, a tierras que sirven de
    subsistencia para las comunidades nativas, como es el caso de los aguajales,
    es decir que no tienen una explotación industrial pero sirven de sus alimentos
    diarios a estas poblaciones indígenas de la selva. Con esta misma lógica en
    sentido inverso, las tierras consideradas eriazas por falta de agua, son
    utilizadas por las comunidades campesinas, principalmente de la costa, de
    acuerdo a sus propias necesidades y cumplen un rol importante dentro de su
    propia lógica, enmarcada en su Ley de Origen o Derecho Propio, reconocido en
    nuestro ordenamiento jurídico como Derecho Consuetudinario, por lo que se
    hace mal, al referirse como tierras improductivas, ya que la concepción de
    territorio, va más allá de un factor económico, sino principalmente de identidad
    cultural.
    El Decreto Legislativo vulnera los artículos 70°, 88° y 89° de la Constitución, al
    considerar de propiedad del Estado todas las tierras eriazas con aptitud
    agrícola, salvo que estén tituladas.
    Vulnera los artículos 13°, 14° y 17° del Convenio 169 de la OIT, respecto de la
    protección de tierras y territorios.
    Contraviene los artículos 19°, 25°, 26° y 27° de la Declaración de las Naciones
    Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas.
    2. El Decreto Legislativo 1064 vulnera el Artículo 2° inc. 19 de la Constitución, por
    establecer figuras legales incompatibles con la propia identidad de las
    comunidades indígenas.
    Vulnera los artículos 70°, 88° y 89° de la Constitución, respecto del derecho y
    protección de la propiedad. Afecta los derechos constitucionales a la propiedad,
    identidad étnica – cultural y autonomía, al considerar figuras como: tierras
    90
    eriazas, abandono, adjudicación, predio rural comunal, entre otros; este decreto
    no ha considerado la real concepción de lo que significa “propiedad comunal”
    de territorios indígenas, que va más allá del simple predio civil, por cuanto esta
    propiedad es equiparable con el hábitat de las comunidades.
    Respecto de la servidumbre, viola el derecho de propiedad y la libertad de
    negociación y contratación de las comunidades. Aún cuando éste dispositivo
    afecta de manera general a todos los propietarios de predios, afecta más a la
    propiedad comunal por cuanto ésta tiene un mayor significado para las
    comunidades, que mantienen una estrecha relación espiritual con sus tierras,
    relación que forma parte de la identidad cultural que la Constitución garantiza.
    Vulnera los artículos 13°, 14° y 17° del Convenio 169 de la OIT, respecto de la
    protección de tierras y territorios.
    Contraviene los artículos 19°, 25°, 26° y 27° de la Declaración de las Naciones
    Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas.
    Contradice con el art. 110 de la Ley 28611 – Ley General del Ambiente, sobre
    los derechos de las comunidades en Áreas Naturales Protegidas.
    3. El Decreto Legislativo 1020 vulnera el artículo 2° inc. 19 de la Constitución y
    amenaza los artículos 70° 88° y 89° de la misma, al pretender imponer un
    modelo de desarrollo y crear figuras legales que no están acorde a la identidad
    cultural, propiedad, posesión y organización de las comunidades indígenas;
    crea personas jurídicas, como las Entidades Asociativas Agrarias cuya
    capacidad jurídica es relativa que, sin embargo, conforme a sus atribuciones
    pueden comprometer la propiedad comunal, ya que la responsabilidad solidaria
    se podría extender a los demás miembros de estas entidades que no gozan de
    una propiedad individual, más si colectiva, para garantizar los créditos
    financieros.
    Esta norma, se puede entender como una instigación para la parcelación de la
    propiedad comunal o, se pude entender como la permisibilidad a que terceros
    se arroguen la propiedad de las comunidades, a través de formas desconocidas
    para las comunidades. Como quiera que sea, este decreto, amenaza la
    integridad de la propiedad comunal y de la identidad cultural consagradas en la
    Constitución de 1993 y sobre todo viola las disposiciones contenidas en el
    Convenio 169 OIT, respecto de sus tierras.
    Vulnera los artículos 13°, 14° y 17° del Convenio 169 de la OIT, respecto de la
    protección de tierras y territorios. Asimismo, vulnera lo establecido por el
    Convenio 169 OIT en lo referido a que los gobiernos deben garantizar el
    respeto a sus propias prioridades de desarrollo y de garantizar a sus propias
    instituciones. Por tanto, si el Estado quiere el desarrollo de los pueblos
    indígenas, deberá identificar en primer lugar cuales las prioridades que estos
    pueblos consideran y en segundo lugar buscar mecanismos, que incorporen a
    sus instituciones tradicionales en las relaciones financieras del mercado.
    Contraviene los artículos 19°, 25°, 26° y 27° de la Declaración de las Naciones
    Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas.
    91
    4. El Decreto Legislativo 1081 vulnera el artículo 2° inc. 19 de la Constitución, si
    bien es cierto que este decreto regula principalmente la estructura de gestión de
    los recursos hídricos y pretende articular el accionar del Estado, esta estructura
    no se adecua a la realidad de las comunidades indígenas, ya que el imponer
    instituciones incompatibles con la realidad, como una junta de regantes en la
    Amazonía, es difícil que la articulación pueda darse con satisfacción para las
    comunidades indígenas.
    Dentro de su propia organización las comunidades indígenas, tienen un
    derecho ancestral de uso y gestión de sus recursos naturales, incluyendo los
    recursos hídricos, siendo en cada caso particular y diferente de acuerdo a sus
    tradiciones culturales y su ámbito geográfico, puesto que no es lo mismo usar y
    gestionar los recursos hídricos de una cuenca de la Amazonía por las
    comunidades nativas, que una cuenca de un río de la Costa, por una
    comunidad campesina de esta región, cuyas circunstancias debieran ser
    tomadas en cuenta.
    Vulnera los artículos 13°, 14° y 17° del Convenio 169 de la OIT, si bien en el
    artículo 4.5 se dice que el Estado respeta los usos y costumbres de las
    Comunidades Campesinas y Comunidades Nativas, así como su derecho de
    utilizar las aguas que discurren por sus tierras, existen incompatibilidades del
    Decreto Legislativo 1081 con el Convenio 169 de la OIT, que establece
    disposiciones en relación a los derechos de los pueblos indígenas al acceso y
    protección a los recursos naturales que se encuentran en sus territorios,
    principalmente sobre la Consulta y la participación de los beneficios que
    reportan las actividades realizadas con los recursos naturales ubicados en sus
    territorios.
    La ambigüedad, respecto de la gestión privada del agua, resulta un factor de
    amenaza grave a las comunidades indígenas, respecto derecho al uso y acceso
    tradicional a sus recursos naturales, por tanto no podría ni siquiera esgrimirse la
    idea de que las Comunidades tengan que pagar por el uso de sus recursos, ya
    que conforme estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el
    caso Saramaka, no pude considerarse el derecho al territorio sino tienen
    derecho a los recursos que se encuentran en y dentro de sus tierras.
    Contraviene los artículos 19°, 25°, 26° y 27° de la Declaración de las Naciones
    Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas.
    5. El Decreto Legislativo 1089, está directamente vinculado a los Decretos
    Legislativos 1064, 1015 modificado por el 1073 (hoy derogados los dos), así
    como también con los Decretos Legislativos 1079 y 1081. Hay que precisar que
    este Decreto Legislativo 1089 reproduce en gran parte el Proyecto de Ley
    1770/2007-PE, que fuera rechazado públicamente por las organizaciones
    indígenas, observado por la Defensoría del Pueblo, y que no fue aprobado por
    el Congreso de la República.
    Amenaza los artículos 88° y 89° de la Constitución, ya que no excluye
    expresamente a los territorios de las Comunidades Nativas y Campesinas de su
    ámbito de aplicación, mediante Decreto Supremo se establecerá y
    92
    reglamentará el procedimiento especial de Titulación, por lo que los predios
    rurales comunales podrían pasar al ámbito de este nuevo procedimiento, ya sea
    por su reglamento o por normas sectoriales que se desprendan del mencionado
    decreto legislativo, lo cual afectaría a las comunidades indígenas; así mismo los
    procesos de reversión y declaración de abandono constituyen amenazas
    latentes al derecho de propiedad y posesión de las comunidades.
    Vulnera los artículos 13°, 14° y 17° del Convenio 169 de la OIT, al no tomar
    medidas que garanticen la protección efectiva de sus derechos de propiedad y
    posesión.
    El Decreto Legislativo 1089 también contraviene el Convenio 169, sobre el
    derecho y al respeto de sus formas tradicionales de mantener sus territorios, así
    como al derecho de desarrollo de políticas agrarias adecuadas a dichos
    pueblos.
    6. El Decreto Legislativo 1090 amenaza los artículos 2 inc. 19, 88° y 89° de la
    Constitución, ya que al excluir los recursos forestales del patrimonio de la
    nación, concordados con el cambio de uso y la ampliación de la frontera
    agrícola, constituyen una amenaza a la integridad de la propiedad de las
    comunidades indígenas, vinculada con su derecho de identidad cultural.
    Vulnera los artículos del 6°, 7°, 13°, 14° y 17° del Convenio 169 de la OIT, al
    derecho de participar en sus procesos de desarrollo; sumándose el problema
    de la institucionalidad, respecto de la extinción del Consejo Nacional Consultivo
    de Política Forestal, donde las comunidades tenían participación.
    7. El Decreto Legislativo 1083 viola los artículos 2° inc. 2 e inc. 19 de la
    Constitución; esta norma no ha considerado a las comunidades ni a sus propias
    instituciones como usuarios u operadores, de lo contrario, seria una norma
    discriminatoria, por cuanto estaría promoviendo que los usuarios que tienen
    mayores recursos económicos y mayor acceso a modernas tecnologías de uso
    de agua, reciban por ello el premio a mas derechos de aguas, desamparando a
    quienes no cuentan con los recursos económicos.
    Vulnera los artículos 6°, 7°, 13° y 14° del Convenio 169 de la OIT, respecto del
    acceso a sus recursos naturales en sus tierras y territorios, del derecho a la
    consulta, del derecho a la identidad cultural, del derecho al desarrollo, a su
    derecho de autonomía y a su derecho mayor o Derecho propio.
    8. De manera particular la señora Congresista Gabriela Pérez del Solar, señala
    que:
    “El análisis y la evaluación de los Decretos Legislativos no se debe
    centrar sobre la base de interpretaciones, como por ejemplo la que hace el
    Sistema Interamericano de Derechos Humanos, pues consideramos que el
    eje central de estas interpretaciones debe ser la Constitución y las normas
    nacionales.
    Este análisis va más allá de las normas constitucionales, recogiendo
    interpretaciones, como por ejemplo las de Declaración de las naciones
    Unidas sobre Pueblos Indígenas, las interpretaciones que pueda hacer el
    93
    Sistema Interamericano de Derechos Humanos o las sentencias que se
    puedan haber dado en la Corte Interamericana de Derechos Humanos en
    otros países. En ese sentido, tal como se señala en el Informe Preliminar,
    la Declaración no es vinculante jurídicamente, por lo que utilizarlos como
    pilar fundamental en el análisis e interpretación de los Decretos
    Legislativos no es correcto.
    Asimismo, no se debe partir de la premisa que las consultas que se
    realicen en el marco del Convenio 169 OIT tiene carácter vinculante, pues
    la misma OIT ha sido muy clara al señalar que estas no tienen el carácter
    vinculante que se le pretende dar en esta Comisión, El Convenio si bien
    tiene rango de ley, no puede ir en contra de la Constitución.
    Con relación al territorio indígena, no compartimos la idea que “desde el
    punto de vista geográfico integra no sólo la superficie terrestre, las aguas
    y el subsuelo, pues esto contradice expresamente lo señalado en la
    Constitución, la cual dice expresamente que los recursos naturales no
    son patrimonio de la nación y el estado es soberano en su
    aprovechamiento.
    El concepto de territorio de las comunidades, tiene que ser analizado con
    mucho cuidado, pues pretender que estas comunidades sean propietarias
    de los recursos naturales, tales como ríos, lagunas, lagos y los del
    subsuelo, es inconstitucional. Si bien los recursos naturales forman parte
    de las tierras que estas ocupan y pueden ser aprovechadas por ellos, ello
    no implica derecho de propiedad sobre los mismos.
    Utilizar como punto de partida la premisa que “respetar la integridad de
    los territorios de los pueblos indígenas implica la promesa de respetar la
    integridad de sus territorios de manera que siempre se podrá seguir
    demostrando un derecho tradicional en áreas territoriales aún sin titular
    (contratos de cesión en uso) y se podrá seguir solicitando segundas
    titulaciones (ampliaciones), excede a los preceptos constitucionales. Las
    tierras de las comunidades campesinas y nativas ya están tituladas o en
    proceso de titulación (…)”83
    9. Conforme a lo analizado por el congresista Yonhy Lescano Ancieta, los
    Decretos Legislativos Nº 1060 y 995 también vulneran los derechos de los
    pueblos indígenas, afectando principalmente la protección de sus derechos
    socioeconómicos. Además vulnera los artículos 6 y 7 del Convenio 169 OIT,
    sobre su derecho de consulta y participación.
    10. Las Congresistas Gloria Ramos Prudencio, Maria Sumire Conde, Hilaria Supa
    Huaman, Elizabeth León Minaya y el congresista Yonhy Lescano Ancieta,
    concluyen que además de los decretos evaluados, existen otros decretos y
    normas vigentes, que vulneran los derechos de los pueblos indígenas.
    11. Los Congresistas suscribientes del presente informe se comprometen a
    presentar de manera conjunta, y de acuerdo a las disposiciones legales
    pertinentes, los Proyectos de Ley referidos a derogatorias y/o modificatorias de
    los decretos legislativos analizados, sin perjuicio de apoyar e impulsar los
    proyectos que ya hubieran sido iniciados.

  4. oscar araoz dijo:

    SOBRE PROGRESO Y DESARROLLO
    EN LAS COMUNIDADES INDIGENAS

    Es muy fácil hablar de conflicto indígena cuando no se está en el problema, es decir, cuando desde una butaca muy cómoda y desde un ordenador (como lo hago hoy) nos permitimos opinar sobre la política que debe seguir el gobierno para tal o cual asunto en el que las tierras, los recursos, la forma de vida, el bienestar occidentalizado, el progreso y bienestar, tiene sobre cualquier otro concepto, prioridad. Claro, aquellos que osamos dar una modesta opinión contraria a los conceptos de bienestar y progreso que manejaron y manejan siempre consabidas luminarias de las corrientes económicas y/o sociales liberales, ultraliberales, de derecha, etc. imperialista (porque ya es conocido que todo lo retrógrado, antieconómico, y demás males sociales y comunitarios tiene que ver única y exclusivamente con el Socialismo, Ideas de Izquierda, Comunismo, etc. Como quieran llamarlos) no tendrían siquiera que ser escuchadas, pues atentamos contra toda posibilidad de desarrollo.

    Y, aunque vaya a cometer el pecado antes dicho, me voy a permitir esbozar algunos conceptos muy personales y que espero vaya más allá de simples posiciones ideológicas de izquierda, centro o derecha (como siempre suele suceder, sin que al final se llegue a consenso alguno).

    En primer lugar, vivimos en una sociedad que, querrámoslo o no, hemos asumido una occidentalización de nuestras costumbres y forma de valorar el progreso; es decir, desde la conquista española hasta nuestro tiempo hemos adoptado los usos y costumbres que dicha sociedad nos ha legado, creyendo que el bienestar y el progreso sólo puede medirse en términos económicos, con un estilo de vida que girará en el nivel profesional, técnico, educativo, financiero, etc. que tengamos o lleguemos a consolidar a lo largo de nuestra existencia y valoraremos nuestro éxito según el número de posesiones, cuenta bancaria, coches, etc. que tengamos y equipararemos el nivel profesional con el nivel financiero alcanzado; así, profesional adinerado un excelente profesional con mucho éxito; profesional no adinerado pero de “clase social media” profesional mediocre con poco éxito; profesional pobre mal profesional y además sin capacidad para el éxito.

    Además de ello, estamos acostumbrados que los conceptos y/o criterios de cualquier tema, siempre estará desarrollado con la verdad académicamente insuperable, por algún “excelente profesional con mucho éxito”, claro no podría ser de otra manera ya que nuestros patrones y valores de la identificación del progreso tendrían que ser desarrollados justamente por aquellos que han llegado al clímax del éxito conforme a la idea de ello impuesta en nuestra sociedad.

    Por otro lado, si además tenemos a los no profesionales pero excelentes empresarios con mucho éxito, o dicho en otras palabras, los ricos sin cultura que han amasado alguna fortuna monetaria a base de alguna trampilla, un pequeño pecadillo, alguna que otra estafita a otro empresario o algún grupo de trabajadores, es decir nada que no pueda perdonarse etc., pero que, hay que reconocerlo, han tenido las agallas (en cristiano huevos) de forjarse el apelativo de empresarios y que sumados a los excelentes profesionales con mucho éxito, coinciden en los conceptos de bienestar y progreso, constituyéndose ambos por derecho propio, en la clase emblemática del desarrollo y progreso desde nuestro ilustre nacimiento como República Independiente del Perú. No hay lugar a dudas, que nuestro país durante toda su vida republicana con los rasgos antes descritos de nuestra tan amada clase social privilegiada, han dado a su sociedad “TODAS las condiciones y herramientas necesarias para que sus habitantes tengan un sostenido y permanente desarrollo y progreso, solamente interrumpido por el nefasto gobierno del dictador socialista Juan Velasco Alvarado, de quien nadie se acuerda especialmente en los sectores menos favorecidos, quienes reconocen en su clase política conformada por los excelentes profesionales con mucho éxito, a los únicos capaces de dirigirnos y de llevarnos al éxito del desarrollo y progreso, pues son ellos los que tienen la única receta para hacerlo y todo lo demás son únicamente vanos idealismos que como con el General Juan Velasco Alvarado, ni la justicia social, ni la reivindicación de los derechos de los trabajadores, ni los derechos humanos, ni el respeto a la autodeterminación de los pueblos y comunidades, ni el respeto a los derechos humanos, ni los conceptos de verdadero nacionalismo como bandera de desarrollo, etc latinoamericana”, es decir la receta que siempre nos han impuesto desde el extranjero para ser un país libre y soberano y como país de economía emergente, ser modelo de nación pre-desarrollada y que su bienestar está y estará enrumbada desde los conceptos de libre mercado, de explotación de nuestros recursos naturales por compañías extranjeras que traerán muchísimo progreso y que con respeto a nuestro medio ambiente y a nuestras comunidades indígenas los incluirán en un glorioso plan de alfabetización, culturización, modernización y todo lo que termine en ción (incluyendo algo tan natural y necesario para nuestro desarrollo y que tendemos a satanizar ex.plo.ta.ción).

    Ahora que se vienen sucediendo los últimos sucesos con nuestros pueblos indígenas, demás está decir, que “se están equivocando en defender sus derechos”, así como se equivocan nuestros hermanos de Ecuador, Chile, Colombia (resulta extraño que todos los indígenas tengan idea tan aberrante no?, claro, me olvidaba que según nuestros ilustres profesionales con mucho éxito han descubierto que todos ellos están apoyados, asusados, infiltrados, financiados, etc. por grupos internacionales de izquierda que tienen muchísimo interés en que los pueblos latinoamericanos no descubran la panacea que es el desarrollo y el progreso occidentales y que el Convenio 169 de la OIT importa un carajo. Curioso no?

    Claro está que nuestro gobierno liderado justamente por un profesional con mucho éxito y todos sus secuaces, …perdón, sus señores ministros, asesores, ayayeros, inversionistas y agarrahuevos (léase FMI. BM. Washington, etc), no se va a dejar intimidar por un grupito de (más de 500,000) habitantes de nuestra amazonía y que bajo la inconcebible idea que las tierras en cuestión les pertenecen, pretenden paralizar a un país que va rumbo al despegue económico y que sólo éstos actos de antipatriotismo por defender lo suyo pueden ahuyentar a las nobles, deseadas y tan bien intencionadas inversiones extranjeras o no extranjeras, pero al fin de cuentas inversiones. NO! Nuestro gobierno, que tan bien está impulsando y protegiendo nuestra industria, nuestra economía, nuestros derechos, nuestros valores y por sobre todo Nuestra Nación, no va a permitir que tontos idealistas extranjeros, vengan a interponerse en su plan de desarrollo y progreso, Porque, que duda cabe, a nuestro ilustre y honesto Presidente por segunda vez, SOLO LO MUEVE SU DESEO INCONMENSURABLE DE LLEVAR EL PROGRESO, DESARROLLO Y FELICIDAD A NUESTROS “…TONTOS, CASIHUMANOS y SUBDESARROLLADOS INDIGENAS…” (expresiones usadas por algunos de nuestros profesionales con mucho éxito y expertos en la materia). Y, no lo duden, si insisten en su posición QUE SE JODAN.

    Nota aclaratoria:
    Demás está decir que el precedente artículo ha sido elaborado irónicamente en un arranque de impotencia de su autor, al que los últimos sucesos han tocado los sentimientos de solidaridad más profundos con nuestros hermanos indígenas afectados esperando aportar con éste grano de arena a redescubrirnos con la naturaleza humana y a prepararnos para desde cualquier escenario, sin importar ideologías políticas, tomar la decisión de hacer nuestras las protestas y reivindicaciones de todas las comunidades indígenas de nuestra amazonía y hacer un frente común para evitar que como siempre triunfen los intereses particulares de los mismos de siempre y que ya conocemos (no sembremos el grano que los EE.UU. espera a que germine para justificar, como siempre, una intervención militar que, como ya lo tienen difundido en las escuelas secundarias, los constituyan en los “protectores” del único pulmón del mundo dentro de pocos años).

    No necesitamos imponer leyes que por muy altruistas que puedan parecer van a afectar seriamente a los grupos sociales de nuestras comunidades indígenas bajo el pretexto de incluirlos en el desarrollo de nuestra sociedad. Deberá ser tarea de nuestros gobiernos y de nosotros mismos, ser más creativos para insertarlos en un mundo moderno que respete su medio ambiente y principalmente sus derechos; aceptemos que no estamos preparados para aceptar que probablemente no seamos dueños de la verdad y que talvez los equivocados seamos nosotros.

    No maquillemos la verdadera intención de inescrupulosos intereses que sólo buscaran el beneficio de grandes corporaciones financieras que ya han dado muestra de lo que en un liberalismo leonino pueden causar al mundo entero.

    El desarrollo y progreso para nuestros pueblos sólo se forjará desde una plataforma común que esté constituida por hombres y mujeres de libre pensamiento, que por encima de todo concepto preponderen el de respeto por la persona humana, entendiendo su propio destino en una sociedad de justicia, paz y solidaridad.

    Junio, 2009

    Oscar Alberto Araoz Díaz

  5. victor samuel araoz diaz dijo:

    Solo me refiero al comentario de Oscar Araoz diciendo : AMEN

  6. cesar delgado sandoval dijo:

    primeramente quiero saludarlo y felicitarlo por tan importante publicacion y ala vez hago llegar mis saludos y lo deseo los mejores para bienes a ud. y familia y siga adelante reciba este saludo de su subalterno con mucho cariño delgado de trujillo ante ud mi general saludos para toda su familia

  7. Jaime Lopez Gracia dijo:

    Buscando Información sobre Victor Samuel Araoz Diaz me quedó impresionado con su carta, su manera de escribir y su contenido. Hacía años que no leía algo que me emocionara e interesara tanto y ojalá personas escribiendo así participarán más activamente en la opinión y pensamiento del país. Seis años después de estas líneas escritas por Oscar siguen siendo igual de certeras e igual de emocionantes, aunque ojala no lo fueran y se hubiera avanzado algo con los derecho de los pueblos que defienden lo mas importante que tiene este planeta, que es su tierra y sus seres vivos.
    Gracias