Por - Publicado el 18-01-2009

Una de las definiciones más generales que puede encontrarse del término ”corrupción” dice así:

Situación en la cual un sistema -o una de las partes dentro de un sistema organizado e interdependiente- desempeña labores en detrimento de su propósito original; sea por que estas labores no estaban entre aquellas para las cuales el sistema fue inicialmente diseñado, o porque dichas labores han sido desempeñadas de una manera impropia. (1)

Esta definición está muy asociada a uno de los significados que el adjetivo “corrupto” solía tener comúnmente hasta hace poco: denotar algo que ha sido dañado, perverso, o torcido.

Digo “solía tener” porque, como bien señala la RAE, dentro del uso vigente del termino dicho significado ahora resulta anticuado: o bien está en desuso, está pasado de moda, o simplemente es propio de otras épocas.

Hoy en día el término ”corrupción” ha tomado una connotación diferente, más aplicada al accionar de las personas y más cercana a la idea del soborno, lo deshonesto y lo ilegal. Así mismo, su utilización se ha hecho cada vez más frecuente alrededor de la esfera de las instituciones, especialmente si son públicas. Todo esto se ve claramente reflejado en la primera acepción que el término ha pasado a tener actualmente:

Toda práctica consistente en la utilización de las funciones y medios de una institución transgredida, en provecho económico o de otra índole por parte de sus transgresores. (2)

Sin embargo, a pesar del amplio consenso en el uso de la definición anterior, existe una nueva literatura académica sobre el tema que se ha avocado a la tarea de cuestionar este enfoque.

La principal preocupación de esta nueva literatura es que ha habido un progresivo abandono de la definición de corrupción a la circunscripción de violaciones estrictamente legales (corrupción de jure), dejando de lado la posibilidad de recoger otras formas de corrupción actualmente legalizadas o institucionalizadas (corrupción de facto) por elites y/o corporaciones que, en algún momento determinado del tiempo, han sido poseedoras de suficiente influencia como para favorecer intereses particulares en detrimento del interés público aún incluso de manera “transparente” y legal.(3)

Este asunto no es trivial ya que, según Kaufmann (2004) por ejemplo, el excesivo énfasis en legalismos estrechos en el estudio de la corrupción oscurece las manifestaciones no solo de ésta, sino también las del desgobierno generado que en términos absolutos puede resultar más sutil y más costoso que los efectos de la sola corrupción del tipo de jure.

La crítica más importante a la aproximación tradicional al estudio de la corrupción en ese sentido, recae sobre la muy arraigada noción de que las personas y las empresas son tomadoras pasivas de climas de inversión que han sido delineados e implementados por las políticas de un estado todo poderoso. Sí se entiende clima de inversión como las condiciones legales, regulatorias, políticas y económicas generales capaces de afectar el desempeño de un individuo o una empresa en los mercados; el enfoque tradicional de corrupción queda limitado a la transgresión de lo dado (i.e. leyes), dejando de lado la posibilidad de que lo dado en si mismo sea trasgresor de algo superior (i.e. el bien común, fin último del Estado).

Al menos en el Perú, la realidad es bastante compleja y ha demostrado que frecuentemente se presentan situaciones en las cuales muchas personas y empresas poderosas jueguen roles determinantes en la delineación de estas leyes y políticas. Para ello, basta ver la asimetría en las respuestas del Estado a los reclamos de cierto grupo del sector privado y el resto de la sociedad: en el primer caso, muchas veces bastan las declaraciones de algún representante de una agremiación o asociación empresarial, una primera página o un editorial para obtener una reacción o una respuesta inmediata del gobierno. Lo cual, es pertinente aclarar, no siempre es fruto exclusivo de intenciones deshonestas, sino también de confundir políticas pro-empresariales con políticas pro-mercado, cuando son cosas fundamentalmente distintas: las primeras favorecen solo a un grupo de agentes de la economía, mientras que las segundas favorecen al conjunto (por ejemplo, a través de políticas que nivelan las condiciones de juego, haciendo que mecanismos que extraen el bien común a partir de intereses particulares como la competencia, puedan operar y hacer lo suyo).

La conclusión entonces, es que el hecho que existan algunas elites y corporaciones con la facultad de convertirse en hacedoras de climas de inversión que alejan al Estado de su propósito original (el bienestar público), aún así se haga de manera transparente y legal,  también constituye una forma de corrupción.

Más precisamente, un Estado que falla sistemáticamente en su propósito original es un Estado dañado, perverso, o torcido; motivo por el cual es también, en esencia y sin pérdida de sentido, un Estado corrupto.

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(1) Adaptación libre de la entrada en ingles de Wikipedia.

(2) Esta definición por ejemplo es de Bigio y Ramirez-Rondán (2006), pero es muy similar a la acepción legal de la RAE. En el documento enlazado también pueden verse definiciones similares del FMI y el BM, así como una discusión de las mismas.

(3) Véase por ejemplo Kaufmann y Kraay (2002), Kaufmann (2003, 2004), y Hellman y Kaufmann (2002).

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Comentarios a este artículo

  1. Guille da Maus dijo:

    Lo de «políticas pro-empresariales» suena muy vago. Toda persona con iniciativa económica se convierte en empresario. Otra cosa que el gobierno prefiera a los empresarios de saco y corbata que a los de mandil u overall.

    Igualmente lo de «pro-mercado»: no es que se esté en contra/a favor del «mercado» (no es una situación opcional sino una realidad), sino del «libre mercado» que es a lo que se supone que apuntan o deberían apuntar las políticas (neo)liberales.
    Además los mecanismos que «extraen» el bien común no son necesariamente «pro mercado» (entendido como «libre mercado»). Ejemplo: los impuestos o gravámenes (que supuestamente tienen fin «redistributivo»). Al menos en el pensamiento liberal el bien común es consecuencia de la dinámica de mercado, no algo que deba «extraerse». Los forzamientos o «solidaridades impuestas» pueden desalentar la iniciativa privada hasta el punto de acabar con todo interés en crear (empresa y empleo).

    De ahí que resulte también ambigua la conclusión sobre la corrupción que significaría que ciertos grupos «alejen» al estado de su fin, el bienestar público, por la creación de climas de inversión. Nada mejor para el bienestar público que los sectores más dinámicos de la economía lo puedan ser más para que su cadena de beneficios se extienda más allá de sus espacios habituales (por ejemplo: el sector construcción).

    Obviamente no se trata del mejor de los mundos pero su alternativa (que no haya «big movers», ni inversión) es muchísimo peor.

  2. Carlos Del Carpio dijo:

    Guille,

    1. Sobre lo de «políticas-empresariales» tu mismo te respondes. Pero que unos cuantos de saco y corbata se hagan pasar por todo el empresariado no es la única arista del problema. También hay otros enfoques: empresarios vs. trabajadores, empresarios vs. consumidores, etc. En ambos casos la prioridad se le ha dado a los primeros, no al mercado como institución en la cual -dadas ciertas condiciones, se dan las dinámicas que tienen como consecuencia el bien común.

    2. Sobre esto último, de acuerdo. Quizá más adecuado que «extraen» resulta «alcanzan».

    Sin embargo si distingo algo importante: cuando me refiero al mercado me refiero al mecanismo. Ese mismo que para funcionar correctamente debe estar debidamente regulado. En mi opinión lo de «libre mercado» no se contradice con «mercado regulado» y me explico porqué.

    Un mercado es libre en tanto el precio y cantidad se determine por fuerzas de oferta y demanda. Un mercado es regulado en tanto hayan normas que afectan/determinan las condiciones de participación de los agentes. Una adecuada regulación es básica para que el mercado funcione libremente y se puedan alcanzar los beneficios del bien común. Las fallas del mercado son conocidas y estudiadas desde los origines de la economía, así que ciertas atribuciones de autoregulación al mercado pueden resultar falaces.

    Pero ojo. Que el mercado no genere por si mismo las condiciones para su correcto funcionamiento no dice que, bajo condiciones adecuadas, tenga una capacidad incomparable de transformar intereses particulares en bien común.

    Los impuestos y gravamenes tienen un fin redistributivo para, justamente, nivelar las condiciones en las que los agentes participan en la economía.

    3. Quizá falto hacer explicito que los elementos corruptos son los hacedores de climas de inversión «ad hoc». Nuevamente, se requiere clima de inversión pro-mercado, no pro-empresarios prebendarios. Sí hay alternativa a los «Big movers» y es que sean «Big movers but not big enough to excercise market power».

    Saludos,

  3. Guille da Maus dijo:

    Esto de los «climas de inversión» debe mirarse con detenimiento ¿cómo se esta creando «climas de inversión» como para poder decir que se beneficia solo a unos y no a todos? Por lo general se trata de bajar barreras al ingreso de capitales (impuestos, tasas, etc) por sectores, puesto que unos son más dinámicos que otros. Por ejemplo: si acaso por medio de estas componendas la gran empresa llega a estar menos afectada de imposiciones que la mediana o pequeña empresa allí si podríamos hablar no solamente de «corrupción» sino de.. .estupidez.

    Esto, al menos por lo que tengo entendido. Quizá la cosa se podría ilustrar mejor con un ejemplo. Las grandes empresas suelen provocar urticarias intelectuales pero si uno revisa sus numeros…

    Saludos.

  4. Carlos Del Carpio dijo:

    Está en la definición que hago, Guille:

    «Sí se entiende clima de inversión como las condiciones legales, regulatorias, políticas y económicas generales capaces de afectar el desempeño de un individuo o una empresa en los mercados…»

    Clima puede sonar plural, pero me refiero a condiciones a secas. Estas son individuales o grupales. Esa era la idea.