Por - Publicado el 06-07-2007

(Artículo aparecido en Gestión el viernes, 6 de julio de 2007)

Por Giovanna Aguilar Andía y Sílvio Rendon

Recientemente hemos concluido una investigación sobre empleo, costos laborales no salariales y eficiencia social (http://allman.rhon.itam.mx/~srendon/lcost.pdf) usando información de la Encuesta de Sueldos y Salarios (ENSYS). Encontramos que estos costos, las aportaciones del empleador, ESSALUD, SENATI, SCTR e IES , como los descuentos sobre la remuneración del trabajador, impuesto a la renta y previsión social, reducen el empleo en un 53% para los obreros y en un 13% para empleados. Además, estimamos una pérdida de eficiencia social, usualmente ignorada en los debates sobre mercados laborales, de 35% de la recaudación total para los obreros y de 10% para los empleados.

En nuestro país, como en América Latina, las recomendaciones de política sobre costos laborales ha tenido como principal evidencia a las comparaciones internacionales: entre nuestro país y nuestros vecinos o entre América Latina y Europa. Sin embargo, estas evidencias descriptivas no nos dicen nada sobre los posibles efectos en el empleo de una política de reducción de costos laborales. Se requiere así una estimación de la elasticidad salario de la demanda de trabajo, es decir, el cambio porcentual en el empleo producido por la reducción de 1% en los costos laborales. Los estudios previos arrojaban valores muy bajos de esta elasticidad, que contrastaban con el entusiasmo con que se recomendaba la reducción de costos laborales. En nuestra investigación explicamos por qué estos estudios previos arrojaban valores bajos de esta elasticidad y estimamos valores más altos que los encontrados previamente.

En nuestra investigación, además, consideramos a las gratificaciones, vacaciones, asignaciones familiares, feriados no laborables, descansos semanales obligatorios, etc. como parte del salario, es decir, como costos laborales salariales. Dado que los salarios se determinan por la oferta y la demanda, las variaciones en estos conceptos, por ejemplo, una reducción de las gratificaciones, implicará un ajuste del salario de equilibrio que compensará cualquier reducción de esos componentes y, por lo tanto, no habrá ningún efecto en la creación de empleo. Dicho de otra manera, los trabajadores, los ofertantes de trabajo, reaccionan ante cualquier reducción de algún componente salarial presionando por compensaciones en otros componentes, por lo cual tarde o temprano estas variaciones sólo implican variaciones de otros componentes en sentido contrario, y por lo tanto, una recomposición de la remuneración total. Que al salario se le llame gratificación, asignación familiar, etc. o lo que sea, será irrelevante desde un punto de vista económico. Esto no es diferente a lo que ocurre en cualquier otro mercado donde los ofertantes reaccionan racionalmente ante una intervención gubernamental que les reduzca el precio de su producto. La intervención legal no tiene poder para cambiar ni la oferta ni la demanda de trabajo, es decir, los determinantes básicos del salario. Al igual que con cualquier otro precio que se intenta controlar mediante una intervención pública, finalmente son las fuerzas de mercado las que prevalecen.

A partir de los resultados de nuestro estudio vale la pena hacer algunas reflexiones sobre temas como la creación de empleo y la reducción de los costos laborales no salariales. Estos costos no constituyen un beneficio inmediato para el trabajador, sino contribuciones impuestas, obligatorias, que se destinan a la formación de fondos administrados por instituciones estatales o empresas privadas: ESSALUD, SENATI, FONAVI (luego IES), AFP, EPS, etc. Si bien eventualmente beneficiarán a los trabajadores, estos fondos no son resultado de la presión de éstos, sino de iniciativas a cargo de entes estatales y de empresas privadas (compañías de seguros, bancos y sus filiales, las AFP, constructoras, hospitales privados, etc.). Se da la paradójica situación que son algunos empresarios, además del estado, los que han generado la rigidez laboral, en su deseo de administrar las aportaciones de los empleadores y los descuentos a los trabajadores y de financiar sus actividades privadas.

El estado enfrenta una gran presión por recaudar ingresos para financiar obras públicas, para lo cual impone un tributos y los administra él mismo, cual es el caso del impuesto a la renta. En los mercados laborales el estado impone contribuciones a los agentes privados, ahorros forzosos, y los da en concesión a otros agentes privados. Si bien estos fondos se destinan al financiamiento de servicios de salud o la vejez, también constituyen trabas para dinamizar los mercados laborales, con el efecto inmediato de reducir la creación de empleo y la eficiencia social. Además, estos ahorros forzosos restringen la libre elección de los trabajadores entre distintas canastas de ahorro-consumo, bajo la idea que los trabajadores no ahorrarán para su vejez. Lo mismo con otros conceptos que también distorsionan el funcionamiento de los mercados. Sin embargo, un sistema en que los trabajadores tengan más libertad y control sobre sus retenciones y en que las empresas bancarias se esfuercen en atraer los ahorros de los agentes económicos tendría mucho más efectividad en la creación de empleo.

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Comentarios a este artículo

  1. WILLIAMS PEREZ dijo:

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